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PLANIFICACION,TERRITORIO Y AMBIENTE
siones e) recomendaciones y pueden pertenecer a diversas categorías, entre otras:
Estudios socio-económicos, técnicos-legales, económico-financieros e investigaciones técnicas
y científicas en relación con el ordenamiento y desarrollo de ciudades y regiones, los cuales
tienen por objeto obtener, evaluar o producir información en relación directa con el tipo de
estudio, necesaria para posibilitar la toma de decisiones.
Estudios de factibilidad en relación con el ordenamiento y desarrollo urbano o regional, los
cuales tienen por objeto obtener, evaluar o producir información necesaria para posibilitar la
toma de decisiones.
Estudios temático-sectoriales, usualmente de carácter técnico con análisis cuanti-cualitativos
de las situaciones particulares de un territorio determinado desde diversos abordajes y que
incluyen análisis sobre población, transportes, equipamiento social, infraestructura de servi-
cios, recursos paisajísticos y patrimoniales, calidad ambiental, turismo, residuos y otros.
Evaluación de impacto ambiental, estudio que se realiza a los efectos de evaluar los efectos
ambientales y sociales que resultarían de la ejecución de un proyecto urbanístico de arquitec-
tura o ingeniería.
Determinación de pasivo ambiental, estudio necesario para establecer: a) si un terreno o
una construcción están o no están gravados por alguna responsabilidad por daño o perjuicio
ambiental cuyo remedio, corrección o mitigación le pudiera ser exigida al propietario o a un
nuevo propietario o usuario del predio, b) el monto de recuperación y acondicionamiento de
aguas, especies, terrenos y/o instalaciones.
Auditorías urbanísticas y ambientales, las cuales, mediante la realización de exámenes siste-
máticos, documentados y periódicos tienen por objeto verificar el cumplimiento de lo reque-
rido por las autoridades de aplicación durante las distintas etapas de ejecución y/u operación
de proyectos urbanísticos y ambientales.
Estudios para el análisis y control de efluentes y tareas destinadas al proyecto de plantas, dis-
positivos de tratamiento y/o instalaciones destinadas al acondicionamiento y/o disposición
de efluentes líquidos, sólidos y gaseosos.
Los honorarios por asesoramientos y estudios se determinarán según las disposiciones que siguen:
1
) Cuando el asesoramiento está a cargo del titular del encargo, los honorarios se calcularán
según lo establecido en el Art. 20.4.
2
) Cuando el estudio está a cargo del titular del encargo, los honorarios se calcularán según lo
establecido en el Art. 20.5.
3
) Cuando la complejidad de un estudio requiere la integración de un equipo de profesionales
los honorarios se calcularán de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 2.6.
Planes de ordenamiento
Los planes de ordenamiento suelen responder a iniciativas, programas o políticas gubernamen-
tales para desarrollos urbanos o regionales, públicos o privados y tienen por objeto, entre otros:
a) estudiar las prioridades de la ciudad o región, b) proponer, formular y/o desarrollar planes,
proyectos y/o programas en relación con las prioridades identificadas y/u obras de infraestruc-
tura y acciones de protección y/o mejoramiento del medio ambiente, necesarios o convenientes
para la ciudad o región, c) proponer estructuras y sistemas de transportes, d) zonificar las áreas
en función de los usos del suelo deseables, e) proponer los sistemas de recolección, tratamiento
y disposición final de residuos y de aguas servidas, desagües y drenajes, f) desarrollar directrices
y normativas urbanísticas, edilicias y ambientales para encuadrar modificaciones y/o la revisión
de los planes de urbanización realizados.
Los planes de ordenamiento tienden a incluir instancias de los procesos de gestión mencio-
nados en el Art. 2.3, tal como definición de políticas, definición de estrategias, diagnósticos de
Art.2.4
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