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DISPOSICIONES GENERALES
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PROYECTO ARANCEL CPAU CPIC
Objeto del Arancel
El presente Arancel establece las tareas y servicios profesionales a realizar y los honorarios
mínimos a cobrar por los profesionales inscriptos en los Consejos Profesionales de Arquitectura
y Urbanismo y de Ingeniería Civil (Decreto-Ley 6070/58, Ley 14.467) actuando individualmente o
asociados con otros profesionales, para tareas de ejecución normal.
Para las tareas que ofrezcan dificultades especiales corresponderán honorarios que se determi-
narán por acuerdo entre profesional y comitente.
Son tareas que ofrecen dificultades especiales: a) las que se realizan en un plazo que se aparta
de lo normal y razonable, ya sea por su brevedad o por su excesiva prolongación, b) las que se
realizan en un lugar que por su ubicación, emplazamiento u otras características dificultan el ac-
ceso o la labor del profesional, c) las que presentan una complejidad que se aparta de lo normal
y razonable o que presentan requerimientos excepcionales a los previstos en el Arancel.
En ningún caso se podrán convenir honorarios inferiores a los mínimos que resulten de la
aplicación de este Arancel, pero sí mayores que éstos. Los honorarios establecidos en el Arancel
podrán ser disminuidos por la Junta Central de los Consejos Profesionales, solo en la medida y
oportunidad que el ejercicio profesional lo aconseje, sin que ello sea necesario cuando se pacta-
re con ascendientes o descendientes en línea recta, cónyuge o hermano del profesional.
Alcance del Arancel
Decláranse de orden público las disposiciones de este Arancel y nulo todo pacto o convenio
que las contravenga.
Los honorarios que se establecen en este Arancel corresponden a los trabajos realizados por
profesionales bajo las responsabilidades que acreditan sus títulos habilitantes y el cumpli-
miento de las leyes reglamentarias de sus profesiones y constituyen la retribución por su
trabajo y responsabilidad e incluyen los gastos de su estudio de acuerdo con lo establecido en
el Art. 1.10.
El profesional será remunerado de acuerdo con las disposiciones de este capítulo y las disposi-
ciones y los valores establecidas en los restantes capítulos de este Arancel.
Capítulo 1
Disposiciones generales
1.
Art.1.1
Art.1.2
1...,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14 16,17,18,19,20,21,22,23,24,25,...136