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capacidad económica de la ciudad cuidando al mismo tiempo su ca-

lidad ambiental y preservando su identidad, sin descuidar aspectos

tales relacionados a la equidad social e integración de la Ciudad.

Una tarea así definida solo puede encararse basándose en la cons-

trucción de consensos.Y esta labor, que no es fácil en ningún lugar

del mundo, resulta más difícil aún en nuestro Buenos Aires.

El semi Plan Urbano Ambiental (PUA)

Quizás por la dificultad del consenso resultó necesario presentar

tres veces el Plan a la Legislatura y esperar siete años su aprobación

inicial. Quizás es por eso también que en esos siete años fue per-

diendo los programas y las actuaciones que, necesariamente, for-

man parte de todo plan.Tal vez por esas mismas razones tenemos

la peculiaridad de haber aprobado un plan urbano que no contiene

ni un sólo plano. Quizás por todo esto el plan quedó reducido a la

definición de objetivos y estrategias.

Pero si estos son todos los consensos que pudieron establecerse, es

bueno que sean aprobados y que encaremos las etapas siguientes.

EL futuro de la Ciudad

El Plan propone enterrar el ferrocarril Sarmiento y parquizar su su-

perficie. Pero, ya deberíamos ir analizando la posibilidad de ente-

rrar la totalidad de los ferrocarriles urbanos y constituir redes ver-

des urbanas en sus actuales trazos. Con esta acción se podrían

recuperar las viejas estaciones de los barrios para transformarlas

en comunas o centros vecinales.

Otro punto que sugiere el proyecto del PUA es urbanizar las villas

aunque ya deberíamos estar diseñando sus trazados. También ma-

nifiesta duplicar los subtes, sin embargo ya tendríamos que estar

avanzando con las obras. Por otro lado exhorta terminar con las

inundaciones, sin embargo sería conveniente estar utilizando los

créditos ya acordados para ejecutar el aliviador del Maldonado.

El Plan tampoco deja de lado a la morfología, pero deberíamos

estar resolviendo si se permiten las torres, dónde y cómo. Otro

tema inherente es el ambiente, aunque el trabajo relacionado a la

evaluación de impacto correspondiente a las leyes que modifican

densidades y alturas, en lugar de los edificios individuales, ya de-

bería ser un hecho.

El artículo 2do. de la ley encomienda al Poder Ejecutivo la formula-

ción de los contendidos del plan. Esta situación parece una delega-

ción excesiva para quienes prefieren la aprobación legislativa de

los programas de actuación urbana, pero una opción eficiente para

quienes consideran que sólo los cuerpos técnicos de los ministerios

están capacitados para formular esos programas. De todos modos

tanto las normas que codifican la ciudad como la aprobación de

partidas presupuestarias para la ejecución de obras públicas, que

son los mecanismos para llevar adelante un plan, siguen siendo

responsabilidad de la Legislatura.

La ciudad, como la sociedad, no puede quedar frenada. No puede

detenerse. Por eso es necesario aprobar este plan y seguir avan-

zando sobre esa base.

(*) Secretariodel CPAU y ex Secretariode PlaneamientoUrbanodel

GCBA

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MAYO 2008