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PROYECTO ARANCEL CPAU CPIC
El “Proyecto Arancel” es un trabajo en común de los Consejos Profesionales de Arquitectura y
Urbanismo e Ingeniería Civil, los cuales sumaron conocimientos y experiencias con el objeto
de redactar un instrumento unificado y presentarlo a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para la sanción de una Ley que regule el ejercicio profesional y los honorarios en su
territorio, ya que el arancel vigente es de Jurisdicción Nacional.
El proyecto se basa en los estudios que ambos Consejos han venido realizando desde hace va-
rios años, con la participación de numerosos colegas, el aporte de especialistas y la consulta de
aranceles provinciales y de varios países americanos y europeos.
El proyecto propone honorarios mínimos, de orden público y de carácter alimentario, conceptos
que, según criterio de ambos Consejos, resultan necesarios para salvaguardar prestaciones pro-
fesionales de calidad y retribuciones acordes con las mismas.
Entre las principales novedades del proyecto se pueden mencionar:
La incorporación de nuevos roles, servicios y tareas profesionales que concuerdan con la doc-
trina consolidada de ambos Consejos, la asignación de especial importancia a sus definiciones
y el establecimiento de precisas interrelaciones con los honorarios que los retribuyen.
La incorporación del criterio sustentado a partir de la resolución del año 1977 de la Junta Cen-
tral de Consejos Profesionales con respecto al Director de Proyecto y Especialistas en obras de
arquitectura e ingeniería, mediante la determinación de las responsabilidades y los honora-
rios correspondientes.
La propuesta de nuevas y optativas subetapas dentro del servicio de proyecto y dirección de
obras de arquitectura e ingeniería, con el objeto de definir tareas y honorarios para encargos
que suelen requerir los comitentes con cierta frecuencia: croquis preliminar avanzado, ante-
proyecto avanzado y, en el caso de ingeniería civil, proyecto básico.
La propuesta de nuevas escalas y tasas para el cálculo de los honorarios a aplicar sobre los
montos de obra o valores en juego, las que se basan en los siguientes criterios:
Incremento de las tasas a aplicar sobre montos reducidos.
Mantenimiento de las tasas a aplicar sobre montos intermedios.
Reducción de las tasas a aplicar sobre montos considerables.
Los Consejos opinan que la sanción de una Ley por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a partir de este proyecto, sería un excelente paso para aclarar los alcances de los
servicios profesionales en relación con las obras de arquitectura e ingeniería, de carácter objeti-
vo y de orden público, con miras a la defensa de los intereses de la Ciudad y sus habitantes y la
promoción del ejercicio profesional.
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