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ARQUITECTURA
Liquidación de derechos de medianería
La
LIQUIDACION DE DERECHOS DE MEDIANERIA
comprende las siguientes tareas: recopilación de
antecedentes, medición, ejecución de plano de perfiles y estudio del caso, cómputo y presu-
puesto, liquidación de derechos, planillas aclaratorias de la mecánica de cálculo y redacción del
convenio de medianería.
Para el cálculo de los honorarios se aplicarán las siguientes disposiciones:
1)
Los honorarios por recopilación de antecedentes se liquidarán por tiempo empleado de acuer-
do con las disposiciones del Art. 1.13.
2)
Los honorarios por mediciones y ejecución de planos se calcularán de acuerdo con las disposi-
ciones del Art. 3.19.
3)
Los honorarios por cómputo y presupuesto, planillas, estudio, liquidación de derechos y redac-
ción del convenio de medianería se calcularán aplicando los porcentajes acumulativos de la
Tabla 5 sobre el monto de la liquidación de derechos de medianería sin depreciación.
4)
Los honorarios establecidos en este artículo no retribuyen: honorarios de agrimensura, ac-
tuaciones notariales, mediaciones, concurrencia a audiencias, preparación de cuestionarios
procesales o actuación como consultor técnico, honorarios que, en caso de no figurar en este
Arancel, se calcularán por tiempo empleado según lo establecido en el Art. 1.13.
Habilitación de locales, comercios e industrias
HABILITACION DE LOCALES, COMERCIOS E INDUSTRIAS
es la tarea que realiza el profesional para
inspeccionar y verificar las condiciones de un local, comercio o industria e incluye asesoramiento
al comitente, confección de la documentación exigida por la normativa oficial vigente y tramita-
ciones necesarias con el objeto de obtener el permiso de uso correspondiente.
Los honorarios por habilitación de locales, comercios e industrias se calcularán en función del
tipo de tarea y la superficie del local, según el siguiente detalle:
Habilitación automática de locales de hasta 150 m
²
: $ 0,00075 K.
Habilitación automática de locales de hasta 500 m
²
: $ 0,001 K.
Habilitación con planos de locales de hasta 500 m
²
: $ 0,0015 K.
Habilitación de locales de más de 500 m
²
: $ 0,0015 K más un monto a convenir.
Modificaciones a encargos de proyecto y dirección
1)
Cuando el comitente encarga modificaciones a los planos o especificaciones durante cual-
quiera de las subetapas del proyecto o durante la ejecución de la obra y la superficie o monto
de la modificación no varía o disminuye menos del 15% con respecto al proyecto original, los
honorarios serán equivalentes a la suma de:
Art.3.21
Art.3.22
Art.3.23
TABLA 5
Honorarios por los conceptos señalados en 3)
SUPERFICIE DE LA PORCION
DE PARED DIVISORIA A LIQUIDAR
HONORARIO
MINIMO
hasta 500 m²
sobre el excedente
0,0008 K
Las expresiones de la Tabla son para aplicar en forma acumulativas, siendo :
M = monto de la liquidación de los derechos de medianería, sin depreciación
K = Indice del costo de la construcción en el Gran Bs As, nivel general (ICC) del INDEC multiplicado por 5.000
0,04 M
0,02 M
1...,30,31,32,33,34,35,36,37,38,39 41,42,43,44,45,46,47,48,49,50,...136