57
ESPECIALIDAD EN OBRAS VIALES
7
PROYECTO ARANCEL CPAU CPIC
Art.7.1
Art.7.2
Art.7.3
Capítulo
7
Especialidad en obras viales
7.
Objeto
Este Capítulo establece los criterios para determinar los honorarios mínimos de las actividades
que se llevan a cabo en la especialidad en Obras viales. Las disposiciones que siguen modifican y
amplían las comprendidas en los Capítulos 1 y 4 en lo que concierne a esta especialidad.
Clasificación de las obras
A los efectos de la determinación de honorarios se han agrupado a las obras viales en las tres
categorías siguientes:
1ª CATEGORIA:
Caminos y calles sin pavimento ni superficie estabilizada ni selección de suelos.
2ª CATEGORIA:
Caminos y calles con pavimento o superficie estabilizada de hasta tres trochas.
Playas de estacionamiento y toda otra superficie pavimentada destinada a recibir cargas de
vehículos automotores no especificada en otras categorías.
3ª CATEGORIA:
Autopistas, caminos, calles y avenidas de más de tres trochas pavimentadas.
Tareas profesionales
Las tareas comprendidas en las distintas etapas son las indicadas en el Art. 4.3 con las aclaracio-
nes. Agregados o modificaciones que figuran a continuación.
CROQUIS AVANZADO:
Corresponde al nivel 2 indicado en el Art. 4.3.
Comprende los planos de ubicación, planialtimetrías previas, estimaciones globales de cómpu-
tos métricos preliminares, secciones transversales y todo otro elemento confeccionado por el
profesional como interpretación preliminar del proyecto convenido con el comitente. El croquis
avanzado se basará en la recopilación por el profesional de la información disponible (topográ-
fica, hidrológica, de tránsito, geológica, edafológica, servicios públicos, etc.) sin la realización de
mediciones, perforaciones, tomas de muestras ni ensayos.
1...,49,50,51,52,53,54,55,56,57,58 60,61,62,63,64,65,66,67,68,69,...136