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OCTUBRE 2008

Buenos Aires, 20 de junio de 2008

Señora Presidente

Comisión de Educación

Honorable Cámara de Diputados de la Nación

Dip. AdrianaVictoria PUIGGRÓS

S / D

De nuestra mayor consideración:

El Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo tiene el agrado de dirigirse a la Sra. Diputada a fin de hacerle llegar su opinión

sobre la modificación de la Ley de Educación Superior.

Este Consejo opina que:

Considerando las actuales tendencias que se observan en el proceso de reforma de la Ley de Educación Superior 24.521, ampliando

las modificaciones sugeridas por la CEPUC, proponemos incorporar las siguientes innovaciones:

a) EVALUACION Y ACREDITACIÓN:

1.- Enmateria de evaluación y acreditación, creemos que debe formalizarse la participación de los Consejos Profesionales. Nuestra pro-

puesta consiste en establecer la obligación de designar un representante de las asociaciones profesionales como uno de los miembros

de la Comisión CONEAU u otras oficinas de acreditación y evaluación creadas para tal fin.

A efectos de asegurar esta representación, la CONEAU o su equivalente deberá establecerla reglamentariamente -vía las actuales or-

denanzas u otra norma similar- así como el proceso para su convocatoria y designación en cada caso.

2.- Dos representante de FADEA de las carreras evaluadas para la formación de una comisión ad hoc Asesora del CU.

3.- Dos representantes en la Comisión de Pares.

b) POSGRADOS:

Entendemos que debe asegurarse una participación más directa en los Posgrados, estableciéndose la obligación de integrar las dis-

tintas ofertas de Especializaciones -orientadas a un único campo disciplinar- con módulos de actualización cuyo diseño y dictado es-

tará a cargo de los Consejos Profesionales. A tal efecto, las Universidades celebrarán convenio con los respectivos Consejos.

En este caso la oferta del Posgrado seguirá perteneciendo a la institución universitaria, quien emitirá también el título correspondiente.

Nuestra propuesta se orienta exclusivamente a la incorporación de estos módulos al plan de estudios y su difusión en la oferta.

c) EXTENSION UNIVERSITARIA:

La Extensión Universitaria proporciona en muchos casos recursos financieros adicionales a las Universidades, cosa que considera-

mos absolutamente legítima. Sin embargo, esta práctica ha generado distintas ofertas de servicios profesionales rentados de carác-

ter institucional, que compiten con los diversos colectivos profesionales de graduados. Esta competencia es además muy desigual,

ya que la Universidad adiciona a su oferta el atractivo del prestigio y trayectoria de la Casa de Estudios, componente institucional

que no puede ofrecer el profesional autónomo. Es evidente que esta expansión de la oferta universitaria hacia el campo del efectivo

ejercicio profesional, cuando media contraprestación, resulta lesiva para los graduados.

Proponemos que en el texto de la nueva ley se prohíba y restrinja este tipo de oferta por parte de las Universidades Públicas y Privadas.

Se adjunta a esta nota el informe realizado por el Dr. Pablo Lapenda a solicitud de este Consejo y que ponemos a su disposición.

Saludan a la Sra. Diputada con distinguida consideración.

Arq. Carlos F. Del Franco

Prosecretario

Arq. Carlos A. Berdichevsky

Presidente