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EDIFICACION SUSTENTABLE EN EL MARCO INTERNACIONAL 3
3.3.2
3.3.2.1
España
El Código Técnico de la Edifcación (CTE) es el marco normativo español por el que se regulan las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edifcios, incluidas sus instalaciones, para satisfacer una serie de requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, defnidos por la Ley de Ordenación de la Edifcación (LOE).
Dentro del presente código, se presentan inno-vaciones en el ámbito del Ahorro de Energía. La
normativa requiere la introducción de sistemas de energía solar y la utilización de materiales y técnicas de construcción que contribuyan al ahorro energético, para el cumplimiento de los compromisos del Protocolo de Kyoto y otras políti-cas del Gobierno como la Estrategia de Efciencia Energética aprobadas por el Gobierno en 2003, con el nombre de E4.
Barcelona
Se ha realizado un Plan de acción con un hori-zonte de 10 años que tienen como referencia las inquietudes expuestas en el Libro Verde Hacia una Estrategia Europea para Seguridad de Aprovisiona-miento [COM(2000) 769] y se alinea con los objeti-vos de la CE de llegar hasta un 12% de contribución de energías renovables en el 2010.
El objeto de esta Ordenanza es regular la incor-poración de sistemas de captación y utilización de energía solar activa de baja temperatura para la producción de agua caliente sanitaria en los edifcios y construcciones situados en el término municipal de Barcelona.
Los objetivos propuestos por aprovechamiento de energías renovables apuntan en la misma dirección que el “Plan de Fomento de las Energías Renovables en España” promovido por el Gobierno español. El Plan estatal prevé para Cataluña unos 539.500 m2 de captadores solares térmicos y unos 16,5 MW fotovoltaicos.
En el caso de cumplir al 100% el PAE al mismo tiempo se llegará a cumplir un 18% del Plan
estatal para captadores térmicos y un 95% para la tecnología fotovoltaica.
El Ayuntamiento de Barcelona ha elaborado este Plan de Mejora Energética de Barcelona (PMEB), en el que se incluye un Plan de Acción con proyectos: Plan de Acción para el ahorro de energía y la reduc-ción de las emisiones a la atmósfera (PAE), que son un compromiso municipal, y unas recomendacio-nes a terceros para aquellas actuaciones necesa-rias que quedan fuera de su competencia.
El anexo sobre Captación Solar Térmica de la ordenanza general de medio ambiente del Ayunta-miento de Barcelona entró en vigor en agosto del 2000 con el objetivo de regular la incorporación de sistemas de captación y utilización de la energía solar térmica para la producción de agua caliente sanitaria en los edifcios de la ciudad.
La Ordenanza Solar afecta a las edifcaciones de nueva construcción, rehabilitación, reforma inte-gral y cambio de uso, en las que sea previsible un volumen de demanda de agua caliente sanitaria que implique un gasto energético superior a los 292 megajoules (MJ) útiles de media anual.
aire, tomando ventaja de sistemas pasivos antes de adicionar sistemas activos o de fuentes renovables:
•• Altos niveles de aislación.
•• Baja permeabilidad del aire.
•• Estrategias de diseño solar pasivo.
•• Iluminación de bajo consumo.
•• Uso de materiales ambientalmente benignos.
•• Uso racional de agua.
•• Uso de agua de lluvia.
Los ejemplos que obtuvieron altos valores en la califcación, incluyeron la incorporación de células fotovoltaicas, calderas de biomasa y otros sistemas,
como cubiertas verdes y métodos de generación de energías renovables.
A su vez, la incorporación de sistemas de medición y monitoreo durante su vida útil son imprescindibles para proveer fuentes para mejor la performance actual y evaluar los lineamientos del código. De los diversos desarrollos analizados, se estima que un 15% de sobrecosto sobre una construc-ción tradicional fue necesaria para el desarrollo e implementación de los códigos, tanto en las etapas de diseño como durante la construcción.
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